Alex Schwazer bajo una nueva investigación por dopaje: la NADA alemana comunicó un resultado de EPO e impuso una suspensión provisional
El campeón olímpico italiano de marcha atlética Alex Schwazer vuelve a enfrentarse a un procedimiento por dopaje después de que la Agencia Nacional Antidopaje de Alemania anunciara que en sus muestras de orina y sangre se detectó eritropoyetina, conocida como EPO. El procedimiento se abrió tras su participación en el Campeonato Alemán de marcha en ruta en Kelsterbach el 26 de abril de 2026, y el caso tiene una repercusión especial porque se trata de un deportista cuya carrera ya estuvo marcada por dos asuntos de dopaje anteriores.
La Agencia Nacional Antidopaje de Alemania, NADA Germany, anunció el 22 de junio de 2026 que había iniciado contra Alex Schwazer un procedimiento de gestión de resultados conforme al Código Mundial Antidopaje, el Código Nacional Antidopaje alemán y las normas antidopaje de la Federación Alemana de Atletismo. En el mismo comunicado, la agencia señala que al atleta se le impuso una suspensión provisional y que, debido a una posible infracción de las normas antidopaje, se presentó una denuncia ante la fiscalía competente con base en la Ley alemana contra el dopaje. La NADA precisó además que la EPO, sustancia del grupo S2 de la Lista de sustancias prohibidas de la Agencia Mundial Antidopaje, fue detectada tanto en la muestra de orina como en la muestra de sangre. Esa formulación significa que el procedimiento aún no ha concluido con carácter firme, pero que el órgano competente ha anunciado un resultado suficiente para una medida provisional y para la continuación del proceso disciplinario.
La participación en Kelsterbach está ahora en el centro del procedimiento
Según el calendario oficial y los resultados de la Federación Alemana de Atletismo, la competición DM Straßengehen se celebró el 26 de abril de 2026 en Kelsterbach, ciudad del estado federado de Hesse, cerca de Fráncfort del Meno. World Athletics registra la misma competición en sus resultados como German Race Walking Championships, con ubicación en Mörfelder Straße en Kelsterbach. En el programa internacional de la prueba, Schwazer compitió en el tramo de maratón de marcha atlética de 42,195 kilómetros y, según informes de agencias y fuentes especializadas de atletismo, logró un tiempo de 3:01:55. Ese resultado fue presentado en abril como una nueva mejor marca italiana en la nueva distancia, pero ahora precisamente esa participación se ha convertido en el punto procedimental en torno al cual se construye el nuevo caso.
NADA Germany, en su comunicado oficial, no entró en los detalles deportivos de la participación ni mencionó circunstancias que apuntaran a la intención, al modo de toma de la sustancia o a una eventual defensa del deportista. Solo anunció que la sustancia eritropoyetina fue detectada en muestras recogidas en el Campeonato Alemán de marcha en ruta y que por ello se inició el procedimiento. En el sistema antidopaje, un comunicado de este tipo suele marcar la transición de la fase del resultado de laboratorio a la fase de determinación jurídica y disciplinaria de la responsabilidad. Hasta la conclusión del procedimiento, la suspensión provisional en la práctica significa que el deportista no puede participar en competiciones a las que se aplican las normas, salvo que el órgano competente decida lo contrario.
Schwazer niega haber tomado sustancias prohibidas
Tras el anuncio del caso, Schwazer rechazó públicamente la acusación en Bolzano y afirmó que no había tomado nada prohibido. Según un informe de Associated Press, dijo que era inocente, pero que esta vez no tenía intención de defenderse de nuevo porque ya no tenía energía para otra batalla legal y psicológica. En la misma declaración expresó su pérdida de confianza en el sistema y añadió que ya no le interesa por qué, según su entendimiento, este tipo de procedimientos se repiten precisamente contra él. El tono de su intervención fue notablemente diferente del anuncio habitual de una lucha para demostrar la inocencia: en lugar de una defensa agresiva, anunció resignación, con la afirmación de que tiene la conciencia tranquila.
Según el mismo informe de agencia, en la continuación del procedimiento se espera el análisis de la muestra B, y también se menciona una tercera muestra de orina que, según palabras del abogado de Schwazer, Gerhard Brandstätter, fue conservada con un permiso especial. Ese dato resulta además inusual porque una tercera muestra no es un elemento estándar de todo procedimiento por dopaje. Brandstätter, según Associated Press, indicó que precisamente la solicitud de una muestra adicional es un indicio de desconfianza en el sistema y que la defensa ve en ella una posible clave para demostrar la inocencia del deportista. Mientras no se publiquen los resultados de los análisis adicionales y las decisiones oficiales, permanece la diferencia entre el resultado de laboratorio anunciado por NADA Germany y la calificación jurídica final del caso.
Por qué la EPO es un resultado especialmente grave en la marcha atlética
La EPO, es decir, la eritropoyetina, es en el contexto deportivo una de las sustancias prohibidas más conocidas vinculadas con la resistencia. Según la Lista de sustancias y métodos prohibidos de la Agencia Mundial Antidopaje para 2026, las eritropoyetinas y los agentes que afectan a la eritropoyesis se encuentran en el grupo S2, entre las hormonas peptídicas, factores de crecimiento, sustancias relacionadas y miméticos. La AMA incluye esa clase como prohibida en todo momento, lo que significa tanto en competición como fuera de competición. La razón es el efecto de la EPO sobre la formación de glóbulos rojos e indirectamente sobre el transporte de oxígeno, lo que puede ser decisivo en disciplinas que dependen de un esfuerzo aeróbico prolongado.
La marcha atlética, especialmente las distancias largas como 20 kilómetros, 35 kilómetros o la distancia de maratón, depende directamente de la capacidad de mantener un ritmo alto con una técnica estricta y un gran consumo de oxígeno. Por eso, un eventual resultado de una sustancia que aumenta la capacidad de transporte de oxígeno en estas disciplinas no se trata como un problema procedimental secundario, sino como una infracción potencialmente grave de las normas. En el caso de Schwazer, añade peso el hecho de que, según el comunicado de la NADA, la EPO fue detectada en ambos tipos de muestras. Eso por sí solo todavía no significa una decisión final sobre la responsabilidad, pero explica por qué la agencia alemana recurrió de inmediato a la suspensión provisional y a la denuncia conforme a la ley nacional antidopaje.
Oro olímpico, caída en Londres y la larga sombra de 2016
La biografía deportiva de Schwazer es una de las más controvertidas del atletismo contemporáneo porque en ella figuran tanto el mayor resultado como las cargas disciplinarias más pesadas. Según los datos olímpicos oficiales, en los Juegos de Pekín 2008 ganó la medalla de oro en la disciplina de 50 kilómetros marcha y estableció entonces un récord olímpico de 3:37:09. Ese éxito lo convirtió en aquel momento en uno de los marchadores más destacados del mundo, y el resultado de Pekín siguió siendo el punto central de su prestigio deportivo. Solo cuatro años después, antes de los Juegos Olímpicos de Londres 2012, el Comité Olímpico Internacional anunció que Schwazer había sido declarado no apto para competir porque una muestra tomada el 30 de julio de 2012 en Calice, Italia, dio positivo por eritropoyetina recombinante, es decir, rhEPO.
En ese caso, según los informes de entonces y resúmenes posteriores, Schwazer admitió la infracción de dopaje y recibió una prohibición de competir de varios años. Associated Press señala en el informe actual que la sanción fue de 45 meses. Tras su regreso al deporte y el intento de clasificarse para Río 2016, se abrió un nuevo caso relacionado con el nuevo análisis de una muestra de enero de 2016. El Tribunal de Arbitraje Deportivo en Lausana, TAS, anunció el 11 de agosto de 2016 que había rechazado la apelación de Schwazer contra la suspensión provisional impuesta por la entonces Federación Internacional de Atletismo y que le había impuesto un período de inhabilitación de ocho años. El TAS señaló entonces también que se anulaban todos sus resultados competitivos logrados desde el 1 de enero de 2016, con consecuencias para medallas, puntos y premios.
El caso de 2016 no terminó solo con una decisión deportiva. En Italia se llevó a cabo posteriormente un procedimiento penal en el que se dictó una decisión favorable para Schwazer, y en la opinión pública aparecieron afirmaciones sobre una posible manipulación de la muestra. Sin embargo, el efecto jurídico-deportivo de la suspensión de ocho años no fue anulado, y World Athletics anunció en 2022 que la AMA y la Athletics Integrity Unit habían realizado análisis que, según su postura, explican por qué la muestra de 2016 no pudo haber sido manipulada del modo en que concluyó el juez de Bolzano. Precisamente esas interpretaciones contrapuestas hicieron del caso Schwazer uno de los ejemplos más sensibles del choque entre procedimiento penal, arbitraje deportivo y confianza en la infraestructura antidopaje.
Posibles consecuencias del nuevo procedimiento
El nuevo procedimiento alemán es especialmente grave porque, si se confirma el resultado y si las autoridades competentes determinan una nueva infracción de las normas antidopaje, se trataría del tercer caso de dopaje en la carrera de un deportista que ya tiene un historial de sanciones. Associated Press señala que Schwazer, en caso de una nueva culpabilidad confirmada, podría enfrentarse a una prohibición de por vida de competir. Ese desenlace por ahora no es una decisión oficial, sino una consecuencia potencial de la que se habla debido a las normas sobre infracciones múltiples y a la gravedad de la sustancia mencionada en el resultado. Mientras dura el procedimiento, lo jurídicamente más preciso es hablar de una posible infracción de las normas antidopaje, de una suspensión provisional y de la detección de una sustancia prohibida anunciada por NADA Germany.
Por otra parte, el anuncio de Schwazer de que no se defenderá activamente podría cambiar la dinámica del caso. En los asuntos antidopaje, los deportistas suelen utilizar el derecho al análisis de la muestra B, a presentar alegaciones, a aportar documentación médica, a impugnar el procedimiento de toma o conservación de las muestras y, en última instancia, a recurrir ante órganos de arbitraje deportivo. Si el deportista realmente renuncia a esa lucha, el procedimiento podría ser más corto y menos agotador, pero la opinión pública quedaría sin parte de las respuestas que normalmente se abren a través de un procedimiento contradictorio. Precisamente por eso, la declaración de que es inocente, pero que no se defenderá, crea una situación inusual: impugna públicamente la acusación, pero anuncia que no dedicará energía a la vía institucional de prueba.
Un caso que trasciende una sola carrera
El nuevo caso de Schwazer vuelve a abrir la cuestión de cómo se protegen simultáneamente en el deporte de élite la integridad de la competición, los derechos de los deportistas y la confianza pública. El sistema antidopaje se basa en controles, laboratorios acreditados, normas sobre la cadena de custodia de las muestras y la posibilidad de apelación, pero su credibilidad a ojos del público a menudo depende también de lo comprensibles y transparentemente fundamentadas que sean las decisiones. En este asunto existe una sensibilidad adicional porque el deportista, por un lado, tiene una infracción de dopaje reconocida de 2012 y una sanción deportiva confirmada de 2016, y por otro lado afirmaciones de larga data de que el segundo caso fue injusto. Por ello, la nueva decisión se observará no solo como una cuestión técnica de un único resultado, sino también como una prueba de la capacidad del sistema para explicar claramente cada paso al público.
Para el atletismo mundial y la marcha atlética, el caso llega en un momento en el que las disciplinas de resistencia siguen bajo mayor vigilancia de los organismos antidopaje. Si el procedimiento confirma la infracción, la carrera de Schwazer podría terminar con una de las sanciones más severas posibles en el deporte. Si los análisis adicionales o el procedimiento jurídico conducen a un resultado diferente, se abrirán nuevas preguntas sobre las muestras, los procedimientos y la forma de comunicación de los organismos antidopaje. Hasta entonces permanece el hecho anunciado oficialmente por la NADA alemana: contra Alex Schwazer se inició un procedimiento por posible infracción de las normas antidopaje, tras un resultado de EPO en orina y sangre, y el campeón olímpico de Pekín 2008 ha sido suspendido provisionalmente.
Fuentes:
- Agencia Nacional Antidopaje de Alemania, NADA Germany – comunicado oficial sobre la apertura del procedimiento contra Alex Schwazer, la suspensión provisional, el resultado de EPO en sangre y orina y la denuncia ante la fiscalía competente (enlace)
- Associated Press / ESPN – informe con declaraciones de Alex Schwazer y de su abogado, datos sobre la muestra B, la tercera muestra y las posibles consecuencias del procedimiento (enlace)
- Deutscher Leichtathletik-Verband, leichtathletik.de – datos oficiales sobre la competición DM Straßengehen celebrada el 26 de abril de 2026 en Kelsterbach (enlace)
- World Athletics – resultados y registro de calendario de la competición German Race Walking Championships en Kelsterbach el 26 de abril de 2026 (enlace)
- LaPresse – informe sobre la participación de Schwazer en Kelsterbach, el tiempo de 3:01:55 y la mejor marca italiana en el tramo de maratón de marcha (enlace)
- Agencia Mundial Antidopaje – Lista de sustancias y métodos prohibidos para 2026 y clasificación de la eritropoyetina en el grupo S2 (enlace)
- Comité Olímpico Internacional, Olympics.com – comunicado oficial sobre la exclusión de Alex Schwazer de los Juegos Olímpicos de Londres 2012 por un resultado positivo en rhEPO (enlace)
- Olympics.com – resultados olímpicos oficiales de la disciplina de 50 kilómetros marcha masculina en los Juegos de Pekín 2008 (enlace)
- Tribunal de Arbitraje Deportivo, TAS – comunicado de 2016 sobre el rechazo de la apelación de Schwazer y la imposición de un período de inhabilitación de ocho años (enlace)
- World Athletics – comunicado de 2022 sobre la postura de World Athletics, la AMA y la Athletics Integrity Unit en relación con las afirmaciones sobre la muestra de 2016 (enlace)