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Nuevas reglas del COI para la categoría femenina: Estonia no prevé aún una política deportiva nacional propia

Conozca cómo las nuevas reglas del COI sobre la categoría femenina y las pruebas SRY pueden afectar al deporte en Estonia. El Comité Olímpico Estonio no prevé por ahora una política nacional propia, mientras las federaciones seguirán los criterios internacionales con vistas a Los Ángeles 2028

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Las nuevas normas del COI sobre la categoría femenina no cambian por ahora el deporte estonio

La nueva política del Comité Olímpico Internacional (COI) sobre el derecho a competir en la categoría femenina no tiene por ahora un efecto directo en el funcionamiento cotidiano del deporte en Estonia. El Comité Olímpico Estonio (EOK) no está preparando su propio conjunto específico de normas para atletas transgénero, y su secretario general, Kristo Tohver, afirma que el sistema deportivo nacional se ha encontrado con casos de este tipo de manera extremadamente infrecuente. Según declaró al servicio público estonio ERR, durante aproximadamente el año y medio en que ha estado al frente del trabajo operativo del comité, el EOK solo recibió unas pocas consultas relacionadas con este tema. Por ese motivo, en Tallinn actualmente no ven la necesidad de crear una regulación nacional adicional que vaya más allá de las normas de cada deporte. Las federaciones nacionales, subrayó Tohver, seguirán aplicando ante todo los criterios de las federaciones internacionales a las que pertenecen.

Este enfoque es importante porque la nueva política del COI, publicada el 26 de marzo de 2026, no implica automáticamente la introducción de normas completamente idénticas en todos los niveles del deporte de cada país. El COI ha establecido las condiciones para las competiciones bajo su propia autoridad, incluidos los Juegos Olímpicos, y las nuevas normas comenzarán a aplicarse a partir de los Juegos Olímpicos de Verano de Los Ángeles 2028. Según el comunicado oficial del COI, la política no es retroactiva y no se aplica a programas deportivos recreativos ni de participación masiva. Al mismo tiempo, las federaciones internacionales conservan un papel clave en la regulación de sus propias competiciones, por lo que el efecto jurídico y deportivo de la nueva política fuera de los propios eventos olímpicos puede variar de un deporte a otro. Precisamente en esa diferencia se basa también el enfoque estonio: en lugar de una norma nacional única, las federaciones seguirán sus propios reglamentos internacionales.

La prueba SRY se convierte en el criterio básico en las competiciones olímpicas

El mayor cambio en la política del COI es la introducción de un cribado genético único para las atletas que quieran competir en la categoría femenina en eventos bajo la autoridad del COI. Según las normas aprobadas en marzo por la Comisión Ejecutiva del COI, la comprobación inicial se basará en la presencia o ausencia del gen SRY. Se trata de una región genética que normalmente se encuentra en el cromosoma Y y desempeña un papel clave en el inicio del desarrollo sexual masculino. El COI indica que la prueba puede realizarse mediante una muestra de saliva, un hisopo de la cara interna de la mejilla o una muestra de sangre, y la describe como una forma relativamente poco invasiva de determinar el criterio para la categoría femenina. Una atleta con un resultado negativo para SRY, salvo que exista un motivo para sospechar que el resultado es incorrecto, no tendrá que repetir la prueba conforme a esta política.

Un resultado positivo para SRY, según la nueva norma, significa por regla general que un atleta no cumple los criterios para la categoría femenina en las competiciones del COI. No obstante, la política contempla excepciones médicas muy limitadas para determinadas variaciones poco frecuentes del desarrollo sexual, incluido el síndrome de insensibilidad completa a los andrógenos (CAIS) y otras variaciones raras en las que, según la evaluación médica, no existe beneficio derivado de los efectos anabólicos o sobre el rendimiento de la testosterona. El COI señala que los atletas que no sean elegibles para la categoría femenina pueden seguir siendo elegibles para otras categorías cuyos requisitos cumplan, como la masculina, la mixta o una posible categoría abierta, dependiendo del programa y de las normas de cada deporte. Por tanto, la nueva política no es únicamente una norma sobre atletas transgénero; también se aplica a determinados atletas con diferencias o variaciones en el desarrollo sexual.

El COI explica el cambio mediante los objetivos de proteger la equidad, la seguridad y la integridad de la categoría femenina en el deporte de élite. La presidenta del COI, Kirsty Coventry, al presentar la política, subrayó que la organización quiere establecer un estándar coherente para las competiciones olímpicas. Esto representa un cambio considerable respecto del marco publicado por el COI en 2021, cuando dejaba a las federaciones internacionales un margen más amplio para que ellas mismas, atendiendo a las particularidades de cada deporte, diseñaran criterios relacionados con la identidad de género y las variaciones sexuales. La política de 2026 introduce una base común más firme para la categoría femenina en los eventos del COI, aunque las federaciones internacionales pueden seguir teniendo sus propios procedimientos detallados para las competiciones que organizan por su cuenta.

Estonia no ve por ahora motivos para una política nacional específica

Para el EOK, lo decisivo en este momento es que la cuestión no ha generado un número significativo de casos concretos en el deporte estonio. Tohver declaró a ERR que el comité solo había sido contactado unas pocas veces durante los últimos 18 meses en relación con las normas para atletas transgénero. Basándose en esa experiencia, no espera que Estonia tenga que adoptar en un futuro próximo una política nacional específica que se aplique de la misma manera a todos los deportes. Esto no significa que la cuestión vaya a ignorarse si aparece un caso concreto, sino que su resolución se apoyará principalmente en la jerarquía existente de normas deportivas y en los reglamentos de las federaciones internacionales.

En la práctica, esto significa que los atletas estonios de atletismo, los boxeadores, los nadadores, los jugadores de baloncesto o los deportistas de otras disciplinas no tienen por qué estar necesariamente sometidos a un régimen idéntico fuera del sistema olímpico. Cada federación nacional actúa dentro de las reglas de su federación internacional, y precisamente los organismos internacionales han empezado en los últimos años a adoptar distintos modelos para la categoría femenina. Algunas federaciones introdujeron pruebas genéticas incluso antes que el COI, mientras que otras aplican criterios diferentes o todavía están adaptando sus reglamentos. Por ello, la decisión del EOK de no crear en este momento una capa adicional de normas estonias reduce la posibilidad de que las regulaciones nacionales entren en conflicto directo con las reglas de un deporte concreto.

El biólogo deportivo Kristjan Port, cuyas declaraciones recoge ERR, advirtió de que las diferencias fisiológicas entre hombres y mujeres aumentan especialmente después de la pubertad. Mencionó diferencias en la masa muscular, el diámetro de las fibras musculares, el tamaño y las proporciones corporales, así como en las capacidades asociadas de los sistemas respiratorio y cardiovascular, lo que puede repercutir en la fuerza, la resistencia y los resultados deportivos. Al mismo tiempo, destacó que ninguna norma puede abarcar toda la complejidad biológica y todos los casos individuales. Precisamente esta tensión entre el deseo de contar con un criterio sencillo y aplicable y la complejidad de la biología se encuentra en el centro del debate internacional sobre la nueva política.

Algunas federaciones internacionales ya han avanzado en la misma dirección

El atletismo es uno de los ejemplos más claros de un deporte que introdujo un criterio genético antes de la nueva política olímpica. World Athletics anunció en julio de 2025 que todos los atletas que quieran competir en la categoría femenina en competiciones puntuables para el ranking mundial deben someterse a una prueba única del gen SRY. La norma entró en vigor el 1 de septiembre de 2025 y ya se aplicó en el Campeonato Mundial de Tokio. World Athletics justificó la decisión por la protección de la integridad de la categoría femenina, y las federaciones nacionales debían organizar las pruebas como parte de la preparación de sus selecciones. Para el atletismo estonio, esto significa que el criterio internacional correspondiente existe independientemente de que el EOK adopte o no una política general específica.

World Boxing eligió una dirección similar y en 2025 adoptó una política de pruebas genéticas obligatorias para determinar la elegibilidad en las categorías masculina y femenina. Según las normas de esa organización, se utiliza una prueba PCR o una prueba genética funcionalmente equivalente para comprobar el sexo cromosómico, y el gen SRY sirve como uno de los principales indicadores. World Boxing aplicó inicialmente las pruebas de forma prioritaria a la categoría femenina, mientras que desde el 1 de enero de 2026 exige la correspondiente certificación a todos los atletas adultos que participan en sus competiciones. La organización justifica la decisión por la seguridad de los boxeadores y la necesidad de garantizar condiciones de competición equitativas.

Estos ejemplos muestran por qué en Estonia no se considera necesario por ahora adoptar una norma nacional única. Un atleta que compite internacionalmente debe cumplir de todos modos los criterios de la federación mundial correspondiente y, dentro del ciclo olímpico, también los criterios del COI que serán aplicables en Los Ángeles 2028. Una política nacional podría adquirir mayor relevancia si aparecieran casos no cubiertos por las normas internacionales, por ejemplo en competiciones exclusivamente nacionales o en deportes sin un sistema de elegibilidad claramente definido. Según Tohver, esa necesidad no es actualmente lo bastante pronunciada como para justificar una regulación estonia específica.

El debate no se limita únicamente al rendimiento deportivo

La nueva política del COI también ha provocado críticas de organizaciones y expertos que advierten sobre cuestiones de privacidad, dignidad, confidencialidad médica y discriminación. En una comunicación publicada el 21 de julio de 2026, varios expertos independientes vinculados a los procedimientos especiales de las Naciones Unidas expresaron una seria preocupación por la política del COI y por la forma en que podría aplicarse. Cuestionaron especialmente las pruebas obligatorias para todas las atletas de la categoría femenina y el hecho de que se aplique un único criterio genético a deportes muy diferentes sin realizar una evaluación específica para cada disciplina. También advirtieron sobre el posible impacto de estos procedimientos en la privacidad, la integridad corporal y el bienestar psicológico de los atletas.

Por otro lado, el COI y las federaciones que han introducido normas similares sostienen que son necesarios criterios claros para que la categoría femenina conserve su finalidad en la competición de élite, especialmente en disciplinas en las que la fuerza, la velocidad, la resistencia o la seguridad física desempeñan un papel importante. El COI señala que preparó su nueva política mediante una revisión y consultas de varios meses y que el cribado de SRY fue elegido como un criterio que puede aplicarse de manera coherente, una sola vez en la vida y mediante una toma de muestras relativamente sencilla. World Athletics y World Boxing también subrayan en sus normas la protección de la privacidad y la confidencialidad de los resultados, aunque los críticos consideran que la propia obligación de realizar pruebas genéticas plantea cuestiones que esas medidas de protección no pueden eliminar por completo.

Para los comités olímpicos nacionales como el estonio, esto crea una doble obligación. Por un lado, deben preparar a los atletas para las condiciones de las competiciones internacionales y garantizar que los representantes nacionales cumplan a tiempo los criterios formales. Por otro, deben ocuparse de la protección de los datos sanitarios y genéticos sensibles y asegurarse de que los atletas reciban información clara sobre el procedimiento y sobre las opciones disponibles si un resultado plantea cuestiones médicas adicionales. Aunque el EOK no ve actualmente la necesidad de unas normas específicas sobre elegibilidad, las cuestiones prácticas de aplicación podrían cobrar mayor importancia a medida que se acerquen las competiciones clasificatorias para los Juegos de 2028.

Los Ángeles 2028 será la primera gran prueba de la nueva política

Los Juegos Olímpicos de Los Ángeles serán el primer evento olímpico de verano en el que la nueva política del COI se aplicará como estándar común para la categoría femenina. Esto significa que, antes de los Juegos, las federaciones internacionales y los comités olímpicos nacionales tendrán que armonizar los procedimientos para demostrar la elegibilidad, intercambiar certificaciones y proteger los datos. El COI ha indicado claramente que la política se aplicará a partir de LA28, por lo que sus efectos no se evaluarán únicamente en función del número de atletas que eventualmente pierdan el derecho a competir en la categoría femenina, sino también en función de hasta qué punto el sistema resulte administrativamente viable, jurídicamente sostenible y médicamente fiable. Para los sistemas deportivos más pequeños, incluido el de Estonia, también serán importantes el coste y la organización de las pruebas si las certificaciones deben recopilarse a través de las federaciones nacionales.

El caso estonio muestra por ahora que un debate global muy polarizado no tiene por qué presentar necesariamente la misma intensidad en todos los sistemas deportivos nacionales. El EOK registra únicamente consultas esporádicas y no ve un motivo inmediato para adoptar su propio reglamento, mientras que las normas internacionales ya están cambiando de un deporte a otro. Si en el futuro aparecen casos concretos, las instituciones estonias tendrán que decidir si basta con apoyarse en las federaciones internacionales o si también es necesario un marco nacional para las competiciones domésticas. Hasta entonces, el cambio clave para los atletas estonios será el que llegue desde fuera: todos los que aspiren a competir en la categoría femenina en los Juegos Olímpicos de Los Ángeles 2028 tendrán que cumplir la nueva política del COI, independientemente de que Estonia no introduzca por ahora normas adicionales.

Fuentes:
- ERR News – declaraciones del secretario general del Comité Olímpico Estonio Kristo Tohver y del biólogo deportivo Kristjan Port sobre el impacto de las nuevas normas en el deporte de Estonia (enlace)
- Comité Olímpico Internacional – publicación oficial de la política sobre la protección de la categoría femenina, su aplicación a partir de Los Ángeles 2028, las pruebas SRY y las excepciones médicas (enlace)
- World Athletics – normas oficiales sobre la prueba única de SRY para competir en la categoría femenina a partir de septiembre de 2025 (enlace)
- World Boxing – política oficial sobre las pruebas genéticas obligatorias y los criterios de elegibilidad para las categorías de competición (enlace)
- Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos – comunicación de los procedimientos especiales del 21 de julio de 2026 sobre las preocupaciones relacionadas con la nueva política del COI (enlace)

Nota: En la elaboración de este contenido se han utilizado herramientas de inteligencia artificial. El contenido ha sido revisado editorialmente antes de su publicación.

Etiquetas Estonia COI categoría femenina prueba SRY Juegos Olímpicos Los Ángeles 2028 atletas transgénero

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